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Paulo Herrera Maluf | 21 de Noviembre del 2006
Una JCE institucional es una JCE apartidista

Apartidista en su totalidad. Conformada totalmente por jueces que no tengan afiliación partidista explícita. Eso es lo verdaderamente institucional. Menos de ahí, no se estaría contribuyendo suficiente al crecimiento de la democracia dominicana. Menos de ahí, sería más de lo mismo.

 

Y es que, antes que todo, los jueces electorales son eso. Jueces. Y los jueces, además de ser imparciales, deben parecerlo.

 

Nadie discute que los partidos son los actores principales del sistema político. Que son las entidades que tienen la vocación de buscar el poder y de ejercerlo. Pero cuando de elecciones se trata, los protagonistas son los electores. Después de todo, las elecciones sirven para que éstos expresen su voluntad. A ellos, y al cumplimiento estricto de la ley electoral, se debe la Junta Central Electoral. No a los partidos políticos.

 

Los partidos políticos constituyen parte interesada del proceso electoral. Como tal, participan en él con un propósito muy definido – y muy válido – en mente: conseguir la mayor cantidad posible de votos. Por definición, este objetivo es incompatible con la labor de árbitro.

 

Y cuando vemos lo que significa, en su contexto amplio, el cumplimiento de la ley electoral, tenemos que subrayar la importancia de una Junta completamente apartidista. Es que, más allá del montaje de las elecciones, la JCE es responsable de la administración de todo el sistema electoral, incluyendo, especialmente, la rectoría de la campaña electoral.

 

Si algo hay que transformar en el sistema electoral dominicano es, precisamente, la forma en como se realiza la campaña electoral. Lo que tenemos actualmente es una aberración, sólo posible por la permisividad crónica de las Juntas que hemos tenido, que nunca han visto su misión más allá de montar las elecciones, contar los votos y proclamar ganadores.

 

De hecho, las grandes mejoras pendientes en el tema electoral tienen que ver con las reglamentaciones de la campaña y del financiamiento políticos. Ambos temas, no hay que decirlo, son sumamente sensibles para los partidos políticos.

 

¿Qué credibilidad puede tener un juez que, habiendo accedido a su puesto en el tribunal por su calidad de miembro o “representante” de un partido político, deba decidir si sanciona o no cualquier comportamiento reñido con la ley electoral por parte de un candidato de su organización política? ¿Estará su lealtad comprometida con la pureza del proceso y el cumplimiento de la ley o con los intereses particulares del partido que representa?

 

¿Es razonable pedirles a jueces políticos que sean los que creen las condiciones para que el financiamiento político sea más transparente? ¿Quién pierde con la transparencia? ¿Quién pierde con el límite al gasto en campaña electoral?

 

Para todas estas cuestiones hacen falta verdaderos árbitros. Que puedan serlo y parecerlo.

 

A pesar de todas estas razones, todavía hay quienes aceptan que los partidos políticos deben estar “representados” en la JCE, bajo el alegato de que son los principales actores del proceso electoral, y deberían tener la potestad para “defender sus intereses”. Como veremos, este argumento hace agua.

 

Si se aceptan las premisas - esto es, que los partidos políticos tienen derecho de proteger sus intereses en las elecciones – entonces deberían estar representados todos los partidos y no sólo algunos. ¿Debería ampliarse el pleno de la Junta hasta incluir a todos los partidos? ¿O es que sólo deben protegerse los intereses de los partidos grandes? ¿Es que algunos votos valen más que otros?

 

Aparte de esto, hay que volver a decir que – sin menoscabar el rol esencial de los partidos en las elecciones – la misión de la Junta es proteger la voluntad de los electores antes que los intereses de los contendientes. La receta perfecta para que estos objetivos choquen y atrofien a la institución es colocar esta misión en manos de militantes partidarios.

 

Claro que no es posible garantizar que los jueces y las juezas designados sean absolutamente independientes, aún cuando no se trate de representantes partidistas. Nadie puede garantizar lo que sucede en el plano de la conciencia de cada juez. Sin embargo, desde el punto de vista de gobernabilidad pública, lo correcto es que se descalifiquen de antemano aquellos que tienen compromisos visibles y comprobables con los objetos de las decisiones del tribunal.

 

Esa también es, de acuerdo con sus pronunciamientos, la visión del Presidente Fernández. Esta vez, para variar, estamos completamente de acuerdo con él. Ese, y no otro, debe ser el estándar institucional de la Junta Central Electoral. Este, y no otro, es el momento de imponer ese estándar en el máximo tribunal electoral.

 

Probablemente, al momento de publicarse este artículo ya se habrá escogido la nueva Junta. Que conste que no me conformo con menos que una Junta totalmente institucional. Que es lo mismo que decir una Junta totalmente apartidista.

Impresora



 

 
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