El debate sobre la modernización del Registro Civil se ha enfocado en si este debe ser independiente de la Junta Central Electoral y en la ejecución de un proyecto de modernización, que incluye la automatización del mismo. Se cree que los actores relevantes son sólo el Banco Mundial y la Junta Central Electoral. No se va a la raíz del problema, el cual remite a una condición de irrespeto de parte de la JCE a la Ley 8-92, promulgada el 13 de Abril de 1992 y a la resistencia que existe a regularizar la situación de los Oficiales del Estado Civil. Uno de los actores más importante son los afectados por la situación: los pobres que carecen de documentos.
Pero, ¿cuál es el interés en modernizar el registro civil? En el país hay un porcentaje muy grande de personas pobres que carecen de documentos de identidad, en especial de actas o partidas de nacimiento. Hay barrios de la capital donde el 25% de las personas carece de documento de identidad. Según la Encuesta de Demografía y de Salud –ENDESA- a nivel nacional el 13.2% de menores de 15 años carecen de documento de identidad. Esta cifra se eleva a 22% en la región Suroeste. Estas personas no pueden ser beneficiarias de programas de lucha contra la pobreza, tienen dificultades para inscribir a sus hijos en las escuelas, para cambiar cheques, tener acceso a préstamos en caso de ser pequeños empresarios, entre otros aspectos.
Es un problema serio el de la carencia de documento de identidad. La JCE no ha establecido mecanismos ágiles y accesibles al público para obtener los documentos de identidad. Todo lo contrario, se le pone más difícil a la gente. De hecho conseguir un acta de nacimiento tardío es casi una odisea. Esta situación conecta con la discrecionalidad de los Oficiales del Estado Civil de la que hablábamos la semana pasada. Para muchas acciones los Oficiales del Estado Civil ponen la tarifa que desean.
Pero, resulta que los legisladores que aprobaron la Ley 8-92, hace ya trece años, se dieron cuenta del problema por lo que en el artículo 8 de esa Ley consignaron lo siguiente: "La Junta Central Electoral establecerá para las actuaciones de los Oficiales del Estado Civil un nuevo sistema tributario, consagrando como ingresos de Estado las tasas y derechos que actualmente perciben dichos funcionarios públicos y fijándoles a éstos sueldos del Estado. Las declaraciones de nacimiento, reconocimiento y defunciones serán gratuitas. Será también gratuita la expedición de extractos de actas
de nacimiento con fines escolares y/o de obtención de Cédula de Identidad y Electoral".
Como se ve, parte del problema se resuelve exigiendo a la JCE que cumpla con una ley que hace 13 años le traspasó el registro civil. La JCE está obligada a colocar un salario acorde con las escalas establecidas para los servidores públicos a los Oficiales del Estado Civil. El Estado Dominicano está obligado a exigirle a la JCE que las acciones de los Oficiales del Estado Civil formen parte del sistema tributario dominicano. ¿Por qué tanta resistencia a aplicar las leyes? ¿Quiénes son los poderosos beneficiarios de la situación actual? ¿Por qué el Gobierno no exige a la JCE el respeto a la Ley 8-92?
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